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¿Cómo afecta tu piscina al pago de impuestos?

Con la llegada del verano, es común tener dudas sobre la tributación de las piscinas. Si planeas construir una piscina fija en tu propiedad, debes considerar ciertos aspectos fiscales y administrativos.

 

En Finques Campanyà te explicamos cómo afecta tu piscina al pago de impuestos.

 

Primero, cualquier construcción fija, como una piscina de obra, modifica el bien inmueble, es decir, tu vivienda. Según la Ley del Catastro, es obligatorio declarar esta modificación y obtener la licencia de obras correspondiente del Ayuntamiento. Por lo tanto, sí necesitas informar sobre la construcción de la piscina al Catastro.

 

Para saber si tu piscina está registrada en el Catastro, puedes consultar el visor cartográfico en la Sede Electrónica del Catastro. En el mapa, la piscina debería aparecer etiquetada como PI (indicador del objeto gráfico) y bajo la categoría de Uso Deportivo en el listado de construcciones del inmueble.

 

Debes declarar la construcción una vez que esté finalizada, cuando obtengas el certificado final de obra, el cual expide la dirección facultativa. El plazo para hacer esta declaración es de dos meses a partir de la fecha de finalización indicada en dicho certificado. Por ejemplo, si la piscina se terminó el 2 de marzo, deberías declararla antes del 2 de mayo.

 

Respecto al Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), no hay una respuesta única, ya que depende del valor catastral de la piscina. Este valor se determina por factores como la superficie de la piscina, si es cubierta o descubierta, y las calidades de construcción. Una piscina más grande o con acabados de alta calidad tendrá un mayor valor catastral y, por lo tanto, aumentará el importe del IBI.

 

Si en tu comunidad de propietarios hay una piscina, esto no generará un recibo separado de IBI. Sin embargo, la existencia de áreas comunes como piscinas puede incrementar el valor catastral total de las viviendas en la comunidad, lo cual afectará el IBI de cada unidad.

 

Finalmente, no es necesario declarar piscinas desmontables, ya que estas no están fijas al suelo y, por lo tanto, no se consideran bienes inmuebles para efectos catastrales.