Inquilino a la fuga: Estrategias para recuperar el alquiler adeudado
Uno de los mayores temores para cualquier propietario es enfrentarse a un inquilino que deja de pagar el alquiler y, peor aún, desaparece. La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece claros procedimientos para estos casos y en Finques Campanyà te explicamos las principales estrategias para recuperar el alquiler adeudado.
Según el artículo 27 de la LAU, el arrendador tiene el derecho de resolver el contrato automáticamente en caso de impago por parte del inquilino. Esto significa que, independientemente de si el inquilino está presente en la vivienda o ha desaparecido, el propietario puede tomar medidas para recuperar la propiedad y las deudas pendientes.
¿Cómo actuar cuando el inquilino se va sin pagar? Se pueden seguir dos vías: el procedimiento verbal o el procedimiento monitorio, dependiendo de si se conoce o no el paradero del inquilino moroso.
El procedimiento verbal, regulado por el artículo 250 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), es recomendable cuando no se conoce el paradero del inquilino. El juicio se lleva a cabo en el juzgado correspondiente a la ubicación de la vivienda, y el inquilino tiene 10 días para oponerse desde la notificación. Si no se presenta, el juzgado fallará a favor del arrendador.
Cuando se conoce la ubicación del inquilino, el procedimiento monitorio, establecido en el artículo 812 de la LEC, puede ser más adecuado. Este procedimiento permite reclamar las deudas mediante un burofax inicial y, si el inquilino no responde, se procede con la demanda. Si el inquilino no se opone en el plazo establecido, se inicia el proceso de ejecución.
En caso de desaparición del inquilino, el propietario debe seguir el mismo protocolo. Se envía un burofax y, si no hay respuesta, se presenta la demanda en el juzgado correspondiente. El juzgado emite un decreto de admisión y concede al inquilino 10 días hábiles para oponerse.
Si el inquilino no recibe la notificación, el proceso no avanza. Sin embargo, la ley permite al procurador realizar la notificación, y se inicia una investigación para localizar al inquilino a través de diversas bases de datos.
Hasta que se dicte sentencia y se lleve a cabo el desahucio, el inquilino tiene derecho al uso de la vivienda, y el propietario no puede cambiar cerraduras ni dar de baja los suministros.
En caso de desahucio, los bienes dejados por el inquilino se consideran abandonados, y el propietario puede disponer de ellos según lo desee.
La ley proporciona un marco claro para los propietarios que se enfrentan a inquilinos morosos y desaparecidos, garantizando sus derechos y estableciendo procedimientos para recuperar la propiedad y las deudas pendientes.